Damos respuesta a algunas de las preguntas más habituales relacionadas con los préstamos hipotecarios:
▪️¿Hay que hacer algún trámite en la notaría previo a la firma del préstamo?
Si. La nueva ley establece que el cliente debe acudir al notario elegido para repasar con él toda la documentación del préstamo con el fin de comprender su contenido y consecuencias de firmar un préstamo hipotecario, resolviendo en el acto, todas aquellas dudas que pudieran suscitarse.
Esa visita obligatoria al notario debe tener lugar al menos un día antes de la firma del contrato de préstamo hipotecario, tanto del prestatario, como en su caso de los avalistas o garantes. En esa visita obligatoria el notario debe resolver todas las dudas en los días previos a la firma, comprobar que no hay cláusulas abusivas por parte de la entidad y ratificar que el cliente (y en su caso, avalistas o garantes) entiende lo que está contratando.
▪️¿Me puede sacar el Banco en caso de impago mi casa a subasta?
Si, pero para ello tienen que haberse unos impagos acumulados en los términos que se indican a continuación.
1) Durante la primera mitad del contrato de préstamo se debe producir un impago de cuotas equivalente al:
3% del importe del préstamo concedido
12 cuotas mensuales sin pagar
2) A partir de la segunda mitad del contrato se debe producir un impago que alcance el:
7% del importe del préstamo concedido
15 cuotas mensuales sin pagar
▪️¿Respondo de devolver el préstamo solo con el inmueble hipotecado?
NO, la responsabilidad del deudor es también personal, por lo que de la devolución del préstamo el cliente responde con todos sus bienes no solo con el bien hipotecado.
No lo dudes, consulta a tu notario.
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