Los animales de compañía ya no son cosas: gracias a la Ley 17/2021, el Código Civil los reconoce como seres vivos dotados de sensibilidad.
Pero, ¿qué pasa con ellos si fallecemos y no hemos previsto nada?
◼️ Si nadie reclama a la mascota, mientras se resuelve la herencia, puede acabar provisionalmente en un centro de recogida de animales.
◼️ Si varios herederos la reclaman, será un juez quien decida su destino.
◼️ Para evitar estas situaciones, que pueden afectar al bienestar del animal, lo recomendable es incluir en el testamento disposiciones claras sobre quién se hará cargo de nuestra mascota.
En la Notaría Blanca Palacios podemos ayudarte a proteger a quienes más quieres, también a tus compañeros de cuatro patas.
No lo dudes, consulta a tu notario.
📍Vitoria-Gasteiz | Notaría Blanca Palacios
🔗 www.notariablancapalacios.es