Divorcio y vivienda

Notaria Blanca Palacios - Notaria en Vitoria - Gasteiz

En caso de divorcio, ¿resulta más conveniente una compraventa del domicilio común o una extinción del condominio?
▪️La extinción o disolución de condominio es una “forma práctica” de dividir una propiedad en común. Con la extinción de condominio un copropietario cede su proporción de la vivienda a cambio de una contraprestación monetaria: esta operación se asemeja a una compraventa, pero desde el punto de vista fiscal tiene más ventajas que la compraventa.
▪️En términos generales si formalizamos la cesión como compraventa, está sujeta al impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP). La extinción de condominio, como no se considera una transmisión patrimonial, tributa por el impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD), y a quien se queda con el piso le correspondería pagar este impuesto.
▪️Como consecuencia de que la extinción de condominio no se considera transmisión patrimonial si no un acto declarativo de derecho, no tendría que declarar la plusvalía municipal, el llamado impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), que se abona en cada ayuntamiento.
▪️En esencia, la extinción del condominio no es más que un “traspaso” de una parte de la propiedad de un titular o copropietario al otro copropietario, consecuencia de la indivisibilidad de la cosa común (la vivienda en este caso) y de la necesidad del legislador de arbitrar procedimientos para no permanecer en la indivisión.
➡️ No obstante lo mejor es consultes a tu notario, quien estudiará tu caso y te asesorará.