¿Enviar dinero por Bizum puede tener consecuencias fiscales?


Que los bancos no informen de forma automática y mensual sobre Bizum o transferencias entre particulares no significa que estos movimientos estén fuera del control tributario.

Desde el punto de vista fiscal, cuando una persona entrega dinero a otra sin contraprestación, el hecho imponible existe y se denomina donación. Esto ocurre, por ejemplo, cuando se realizan envíos periódicos de dinero a un hijo mayor de edad e independiente económicamente.

📌 Algunas claves prácticas para evitar problemas:

▪️ Donaciones periódicas
Conviene documentarlas correctamente, indicando importe y fecha, incluso aunque se realicen por Bizum o transferencia.

▪️ Atención a la comunidad autónoma
La forma de documentar la donación varía según el territorio:
– En la Comunidad de Madrid puede bastar un documento privado hasta determinados importes.
– En la Comunidad Valenciana es necesaria escritura pública.
En todos los casos debe presentarse el modelo 651.

▪️ Alternativa posible
Cuando existe voluntad de devolución, puede optarse por un préstamo entre particulares sin intereses, con calendario de pagos y presentación del modelo 600, normalmente exento.

No se trata de generar alarma, sino de actuar con previsión. Un pequeño gesto mal documentado hoy puede convertirse en un problema mañana.

No lo dudes, consulte consulta a tu notario.

📍 Vitoria-Gasteiz | Notaría Blanca Palacios

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*Desde Notaría Blanca Palacios recordamos que esta información tiene únicamente fines informativos y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado que cada caso requiere.

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