Fecha: 3 de mayo de 2023
Desde el 30 de abril de 2021 los notarios ayudan a las parejas a tramitar sus expedientes en el plazo de tiempo más breve posible y prestándoles asesoramiento gratuito.
Solo durante enero y febrero de este año los notarios españoles han autorizado un total de 2.208 expedientes matrimoniales. Este dato, que supone un incremento del 25% con respecto al mismo periodo de 2022, en el que se realizaron 1.767 lo cual pone de manifiesto el aumento de la realización de los expedientes previos matrimoniales por una vía más rápida, eficiente y con plena garantía de su seguridad jurídica.
¿Cómo tramitar el expediente matrimonial? Los novios deberán acceder a la página web del colegio notarial de la comunidad autónoma en la que se encuentre el domicilio de uno de los dos miembros de la pareja o acudir a su notario de confianza. En ambos casos se les facilitará un modelo de solicitud en el que tendrán que incluir datos básicos de identidad y adjuntar la copia de sus DNI y certificados de empadronamiento. Una vez completado, tendrán que enviarlo de manera online, o presentarlo de forma física, en el colegio notarial de la comunidad autónoma que les corresponda. El colegio notarial les asignará un notario y les comunicará su nombre para que pidan cita y comiencen la tramitación.
Dicho notario, como funcionario público y autoridad reconocida, deberá comprobar que los futuros contrayentes tienen capacidad para contraer matrimonio; que no existen impedimentos, tales como que sean menores de edad (salvo los emancipados), o que estén casados con otras personas; o, en su caso, la posible dispensa de los impedimentos. Asimismo, deberá asegurarse que no se trata de un matrimonio simulado. Además, el notario informará a la pareja sobre otras cuestiones como el régimen económico aplicable al matrimonio y la vecindad civil de los contrayentes.
Si los novios desean casarse ante notario, pueden hacerlo con el que ellos elijan.
No lo dudes, consulta a tu notario.