Preguntas frecuentes, Patrimonio Protegido – Notaria Blanca Palacios


Cuestiones económicas relacionadas con la discapacidad. El patrimonio protegido es un conjunto de bienes, como dinero o propiedades, que solo se puede utilizar para los gastos necesarios de una persona con discapacidad.

▪️¿A favor de quién se puede hacer el patrimonio protegido?

-Las personas con una discapacidad psíquica igual o superior al 33 por ciento.
-Las personas con una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 por ciento.

▪️¿Quiénes pueden formar parte del patrimonio y hacer aportaciones?
-La persona con discapacidad beneficiaria del patrimonio.
-Personas que prestan apoyo a las personas con discapacidad.
-El comisario o titular de la fiducia sucesoria, una forma de organización que permite ordenar la sucesión de bienes a través de una tercera persona. Cada comunidad autónoma tiene unas normas de derecho civil.
-Cualquier persona con interés legítimo puede solicitar la constitución del patrimonio protegido.

➡️ Una vez formado el patrimonio protegido cualquier persona puede realizar aportaciones pero no todas las personas tienen beneficios. Las aportaciones tienen que ser consentidas por la persona beneficiaria.

▪️¿Cuáles son las ventajas fiscales de un patrimonio protegido?

▫️Aportantes:

Pueden reducir hasta 10.000 euros la base imponible en el IRPF.
El total de aportaciones realizadas por familiares puede llegar hasta un máximo de 24.250 euros al año.
Si las aportaciones superan esta cantidad, el beneficio fiscal de cada aportante se reduce proporcionalmente en ese año.
La parte que no pueda reducirse en ese año puede seguir reduciéndose en los 4 años siguientes.

▫️Persona Beneficiaria:

Las aportaciones se consideran rendimientos del trabajo en el IRPF.
Hasta 10.000 euros anuales por cada aportante y un máximo de 24.250 euros en total se consideran rendimientos del trabajo.
Estos rendimientos no pagarán IRPF si no superan 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
La parte que exceda lo que se considera rendimiento del trabajo pagará impuestos bajo el impuesto de sucesiones y donaciones.

No lo dudes consulta a tu notario.

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