¿Se puede aceptar una herencia a beneficio de inventario?


¿Se puede aceptar una herencia a beneficio de inventario? ✔️ Sí, se puede. De hecho, se trata de una opción muy interesante pero seguramente poco conocida por la mayoría de los ciudadanos.

▪️Esta alternativa es muy conveniente cuando sabemos que la persona fallecida tenía deudas y desconocemos si el valor de estas es mayor que el de los bienes que vayamos a heredar. Con la aceptación a beneficio de inventario el heredero solo responder de las deudas hasta donde alcance el valor de los bienes heredados y nunca con su patrimonio. Se excluye así la responsabilidad ilimitada del heredero por las deudas del fallecido que recoge el Código Civil, que establece como regla general, que el heredero será responsable de todas las cargas de la herencia, no solo con los bienes de ésta, sino también con los suyos propios.

▪️También es recomendable cuando el fallecido ha avalado deudas ajenas o cuando sabemos que tenía procedimientos judiciales, administrativos o de cualquier otro tipo pendientes de resolución, que pudieran conllevar el pago de algún dinero.

▪️Hay que tener en cuenta que es un proceso más lento que la aceptación de una herencia de forma pura y simple, porque requiere, entre otras cosas, hacer el inventario.

No lo dudes, consulta a tu notario.

🔗 www.notariablancapalacios.es