🏠 Arras en la compraventa: ¿qué debes saber? antes de firmar la escritura de compraventa de un inmueble ante notario, es común que comprador y vendedor firmen un contrato de arras. Este documento recoge una promesa de venta y establece las condiciones esenciales del acuerdo. Sin embargo, no todas las arras son iguales.
▪️Arras penitenciales: Permiten desistir del contrato con penalización económica.
Ejemplo: Un comprador entrega 10.000 € como arras penitenciales. Si decide no seguir adelante con la compra, perderá esa cantidad. Si es el vendedor quien incumple, deberá devolverle 20.000 €.
▪️Arras confirmatorias: En caso de incumplimiento, la parte afectada puede exigir el cumplimiento del contrato o reclamar daños y perjuicios.
Ejemplo: Si un comprador entrega 10.000 € y el vendedor luego dedice no seguir con la operación, el comprador puede exigir la firma de la compraventa o reclamar indemnización por daños y perjuicios.
Para evitar malentendidos, es fundamental dejar claro en el contrato qué tipo de arras se han pactado.
▪️¿Es recomendable otorgarlo ante notario?
Aunque no es obligatorio, cuando se otorga un contrato de arras, realizarlo ante notario aporta seguridad y claridad a ambas partes. No solo se documenta el acuerdo, sino que se establecen de manera inequívoca las condiciones pactadas, evitando futuras controversias.
Además el notario puede ayudar a verificar el estado de cargas de la propiedad, la situación catastral y otros aspectos legales que pueden afectar la compraventa, anticipando posibles contratiempos y asegurando que todo esté en regla antes de la firma.
Así mismo, explicará las implicaciones del contrato para que ambas partes comprendan sus derechos y obligaciones, evitando malentendidos o conflictos futuros.
No lo dudes, consulta a tu notario.
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