Cuando una persona fallece dejando deudas, muchos hijos reaccionan con miedo. La idea suele ser inmediata: renunciar a la herencia para evitar problemas. Es una reacción comprensible, pero no siempre es la única opción ni necesariamente la más adecuada.
En Derecho sucesorio existen distintas formas de aceptar una herencia. Una de ellas es la llamada aceptación a beneficio de inventario, una figura jurídica pensada precisamente para estos casos. Su finalidad es separar el patrimonio del heredero del patrimonio del fallecido.
Cuando la herencia se acepta de esta manera, primero se realiza un inventario completo de bienes, derechos y deudas. A partir de ahí, las obligaciones pendientes del fallecido se pagan exclusivamente con los bienes de la propia herencia.
Esto significa que, si el patrimonio hereditario es suficiente, las deudas se liquidarán y el heredero recibirá lo que reste. Y si no lo es, el heredero no tendrá que responder con su dinero ni con sus propios bienes.
En otras palabras, las deudas no pueden alcanzar el patrimonio personal del heredero.
Eso sí, esta modalidad exige cumplir determinados requisitos formales y respetar plazos concretos, por lo que conviene informarse bien antes de tomar una decisión.
Renunciar a una herencia puede parecer la solución más sencilla cuando existen deudas, pero en muchas ocasiones la ley ya prevé mecanismos para aceptar con seguridad.
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