Cuando una vivienda arrendada se vende, es habitual pensar que el inquilino queda al margen de la operación. Pero no siempre es así.
En determinados supuestos, el arrendatario tiene un derecho de adquisición preferente. Esto significa que debe ser informado de la intención de venta y puede comprar la vivienda en las mismas condiciones que un tercero, dentro de un plazo determinado.
Si esa notificación no se produce correctamente, o la venta se realiza en condiciones distintas a las comunicadas, puede surgir el llamado derecho de retracto. En ese caso, el inquilino puede subrogarse en la posición del comprador, asumiendo el precio de la compraventa, los gastos asociados y los impuestos correspondientes.
Ahora bien, si el inquilino no ejerce ese derecho o no le corresponde, la cuestión pasa a ser otra: qué ocurre con el contrato de arrendamiento.
Aquí es clave si el contrato está inscrito en el Registro de la Propiedad. Si lo está, el nuevo propietario deberá respetar su duración. Si no lo está, en determinados casos, el adquirente puede no quedar vinculado y extinguir el contrato conforme a la normativa aplicable.
Por eso, tanto si eres inquilino como propietario, es importante conocer cómo afecta una compraventa a un contrato de arrendamiento en vigor.
Porque en este tipo de operaciones, los detalles marcan la diferencia.
No lo dudes, consulte consulta a tu notario.
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