¿Qué es el Patrimonio Protegido de las Personas con Discapacidad?
🔸La persona con discapacidad, como todas, genera una serie de gastos. Los de cualquier persona, con o sin discapacidad, se sufragan mediante varias fuentes de ingresos: los rendimientos de unos ahorros preexistentes, de pensiones o del trabajo. Ahora bien, ya sabemos que las personas con discapacidad tienen dificultades para acumular un patrimonio con cuyas rentas mantenerse o hacerlo con su trabajo, normalmente no muy bien retribuido, cuando lo hay.
🔸De manera que sus gastos se cubren por las mismas fuentes, patrimonio o trabajo, pero de otras personas. Normalmente los mismos que los cuidan, pero también de otros parientes más lejanos. En situación normal, estos “proveedores” emplean sus recursos en el mantenimiento del discapaz, y aquí termina la cuestión. La propuesta del PPPD es que, canalizando las aportaciones a través de él, puedan obtenerse otras ventajas que no se dan en el sistema habitual.
✔️Ventajas y finalidad.
🔸La primera y más llamativa es obtener ventajas fiscales. Parte de lo aportado se devuelve vía impuestos; así contribuye el Estado a cumplir la norma constitucional que le obliga a tener una atención preferente a los que no tienen capacidad.
No obstante, no es la única finalidad. Podemos también utilizarlo para, por ejemplo:
🔸Canalizar el control y fomento de varias contribuciones a la satisfacción de los gastos del discapaz, dándoles un régimen de administración, de empleo, uniforme.
🔸Ordenar el destino del patrimonio familiar, encaminado en primer lugar al mantenimiento del que lo necesita.
🔸Fomentar la autonomía personal (y económica) de personas con un grado de deficiencia que permita determinadas actividades de la vida real, bajo el control de un administrador.