La permuta es el contrato por el cual dos partes, que pueden ser personas físicas o jurídicas, se intercambian bienes. La permuta es parecida al contrato de compraventa ya que se trata de un acuerdo entre dos partes con el fin de realizar un intercambio.
La principal diferencia es que, en la permuta, los contratantes se entregan un bien a cambio de otro bien, mientras que en la compraventa se entregan un bien a cambio de dinero. En la permuta los contratantes pueden intercambiarse la propiedad de dos viviendas, terrenos, locales, acciones, joyas u obras de arte… Lo más habitual es que tengan valores equivalentes.
Dentro de las permutas, la de inmuebles es la más común y relativamente sencilla si no hay cargas o hipotecas pendientes sobre ellos. Hay cuestiones, como la fiscal, que son muy importantes si se va a realizar un intercambio de inmuebles.
Por ello, acudir a un notario y recoger el acuerdo en escritura pública garantizará su legalidad y dotará al acto de mayor seguridad jurídica.
No lo dudes, consulta a tu notario.
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