Antes de autorizar una compraventa de vivienda, el notario comprueba dos cuestiones básicas: quién es el propietario y qué cargas soporta el inmueble.
Para ello examina el título de propiedad y solicita información al Registro de la Propiedad. Según el artículo 175 del Reglamento Notarial, esta se obtiene antes de la firma y se hace constar en la escritura. Así se verifica a nombre de quién figura la finca y si constan hipotecas, embargos u otras cargas.
También identifica al vendedor y comprueba que está legitimado para disponer de la vivienda.
Una hipoteca o un embargo no impiden necesariamente la venta. Lo imprescindible es conocer su situación y acordar cómo se resolverá: por ejemplo, cancelándola con el precio o manteniéndola a cargo del comprador.
El notario explica las consecuencias de las cargas existentes, recoge en la escritura lo que las partes acuerden, conforme a la ley, y asesora a ambas de forma imparcial.
Si tienes dudas sobre la titularidad o las cargas de la vivienda que vas a comprar, pregunta al notario: comprender la operación es esencial para decidir con seguridad.
No lo dudes, consulte consulta a tu notario.
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*Desde Notaría Blanca Palacios recordamos que esta información tiene carácter meramente divulgativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado que cada caso requiere.
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