Las capitulaciones matrimoniales permiten pactar cómo será una posible ruptura


Cuando una pareja se rompe, la falta de previsión puede convertir la separación en una guerra judicial. Las capitulaciones permiten anticiparse, y no solo para elegir entre gananciales o separación de bienes.

El artículo 1.325 del Código Civil admite en ellas «cualesquiera otras disposiciones por razón del matrimonio». Sobre esa base se admiten pactos en previsión de ruptura: cómo se liquidará el patrimonio, una pensión compensatoria para quien deje su carrera por cuidar de la familia o cómo proteger la empresa familiar de uno de los cónyuges.

El Tribunal Supremo ha reconocido su validez, en sentencias de 2015 y de 13 de marzo de 2023. En esta última admitió la renuncia a la pensión compensatoria pactada en capitulaciones, al constar la advertencia notarial sobre su trascendencia.

Hay límites. Los pactos no pueden ser contrarios a la ley ni limitar la igualdad de derechos de los cónyuges (art. 1.328 CC). Y no pueden regular lo relativo a los hijos menores, que decidirá siempre un juez atendiendo a su interés.

Prever no es desconfiar: es ordenar con serenidad lo que en plena crisis resulta mucho más difícil.

No lo dudes, consulte consulta a tu notario.

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*Desde Notaría Blanca Palacios recordamos que esta información tiene carácter meramente divulgativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado que cada caso requiere.

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