Aportación a patrimonio protegido en Vitoria-Gasteiz

Una aportación a un patrimonio protegido es un documento formalizado ante un notario que permite llevar a cabo aportaciones al patrimonio protegido ya existente. Cualquier persona con interés legítimo, con el consentimiento de la persona con discapacidad, o de sus representantes legales si este no tuviera capacidad de obrar de forma independiente, podrá aportar bienes o derechos al patrimonio protegido. Estas aportaciones deberán realizarse siempre a título gratuito y no sometidas a condición.

Documentación necesaria para aportación a patrimonio protegido en Vitoria-Gasteiz

Para integrar una aportación en el patrimonio protegido de un tercero es necesario contar con la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad del interesado en realizar la aportación
  • La escritura original que alega la constitución del patrimonio protegido
  • Una acreditación de los bienes reales a aportar

Preguntas de otros clientes

Una aportación a un patrimonio protegido puede ser realizada por cualquier persona, aunque no sea uno de los padres, tutor, curador o guardador de hecho.

Está permitida, por ley, la aportación de todo tipo de bienes para la constitución del patrimonio protegido, adaptándose a las necesidades y situaciones particulares de cada persona. Es decir, puede aportarse cualquier bien con potencial de generar un rendimiento económico, ya sea:

  • Fincas o terrenos
  • Usufructo sobre inmuebles, derechos de hipoteca...
  • Dinero
  • Títulos, acciones, emisiones de deuda pública, obligaciones…
  • Seguros, rentas vitalicias, o cualquier otro producto bancario que ofrezca una renta o unos rendimientos establecidos en su contratación
  • Títulos, acciones, emisiones de deuda pública, obligaciones…
  • Otros bienes que pueden generar rendimientos patrimoniales como joyas, obras de arte…

La constitución de un patrimonio protegido se realiza en escritura pública ante notario por la persona o personas que la proponen. En este documento notarial se identifica al beneficiario, los bienes que inicialmente se aportan, y se establecen las reglas que deben aplicarse a la hora de llevar a cabo su administración, indicando quiénes desempeñarán la administración cuando no puede ser efectuada por la propia persona con discapacidad o dependencia.

Las ventajas fiscales aplicables varían en función de las CCAA. En Álava hay importantes deducciones e incluso exenciones en algunos impuestos: IRPF, doncaciones etc.

Si quiere información más detallada no dude en consultar con nosotros.

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En Notaría Blanca Palacios, desde nuestras oficinas en Independentzia Kalea, damos servicio de aportación a patrimonio protegido en Vitoria-Gasteiz.

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