Préstamo hipotecario en Vitoria-Gasteiz

El préstamo hipotecario es el documento que recoge el acuerdo a través del cual una entidad presta una cantidad de dinero determinada a un particular o empresa para la adquisición de un inmueble, y en garantía de la devolución de ese préstamo se establece una hipoteca sobre el inmueble. Este documento ha de recoger la cantidad de dinero a devolver, los intereses, el pago periódico y la duración. Este documento notarial supone una obligación garantizada de devolución del préstamo, siendo el propio inmueble la garantía de devolución, sin perjuicio de la responsabilidad personal del deudor.

Documentación necesaria para préstamo hipotecario en Vitoria-Gasteiz

Para solicitar un préstamo hipotecario es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad del solicitante del préstamo

Preguntas de otros clientes

Es el cliente, y no el banco quien tiene derecho a elegir la notaría la entidad financiera no puede imponer la firma préstamo hipotecario en una notaría determinada de su elección.

La nueva ley hipotecaria estipula que los gastos de notaria y registro deben ser asumidos por el banco. Por lo tanto, ya no quedan repartidos entre banco y cliente, sino que es la entidad prestataria quien deberá asumirlos.

El impuesto directo que recae sobre estas escrituras es el de transmisiones y actos jurídicos documentados, etc.

El importe del impuesto y el obligado al pago del mismo puede variar en función de la CCAA.

Si quiere información más detallada sobre su caso en concreto no dude en consultar con nosotros.

Si. La nueva ley establece que el cliente debe acudir al notario elegido para repasar con él toda la documentación del préstamo con el fin de comprender su contenido y consecuencias de firmar un préstamo hipotecario, resolviendo en el acto, todas aquellas dudas que pudieran suscitarse.

Esa visita obligatoria al notario debe tener lugar al menos un día antes de la firma del contrato de préstamo hipotecario, tanto del prestatario, como en su caso de los avalistas o garantes. En esa visita obligatoria el notario debe resolver todas las dudas en los días previos a la firma, comprobar que no hay cláusulas abusivas por parte de la entidad y ratificar que el cliente (y en su caso, avalistas o garantes) entiende lo que está contratando..

Si, pero para ello tienen que haberse unos impagos acumulados en los términos que se indican a continuación.

1) Durante la primera mitad del contrato de préstamo se debe producir un impago de cuotas equivalente al:

  • 3% del importe del préstamo concedido
  • 12 cuotas mensuales sin pagar

2) A partir de la segunda mitad del contrato se debe producir un impago que alcance el:

  • 7% del importe del préstamo concedido
  • 15 cuotas mensuales sin pagar

NO, la responsabilidad del deudor es también personal, por lo que de la devolución del préstamo el cliente responde con todos sus bienes no solo con el bien hipotecado.

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En Notaría Blanca Palacios, desde nuestras oficinas en Independentzia Kalea, damos servicio de préstamo hipotecario en Vitoria-Gasteiz.

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